BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO

“Desafío Nacional de Operadores de Cosechadoras Inteligentes”

 

  • Objetivo del Concurso:

El objetivo del presente Concurso “Desafío Nacional de Operadores de Cosechadoras Inteligentes” (en adelante, el “Concurso”) organizado por Industrias John Deere Argentina S.A. (en adelante “John Deere”) es premiar al  Operador -según se lo define en el punto 2 siguiente- que utilice en mayor medida las herramientas tecnológicas indicadas en el siguiente apartado que conforman el sistema “Combine Advisor”  en cosechadoras de la marca John Deere de la Serie S700 (en adelante, las “Cosechadoras Inteligentes”) para cosechar en el territorio de la República Argentina durante el Plazo del Desafío (según se lo define en el punto 4  (iii).

1.2) A los efectos de este Concurso, la herramienta Combine Advisor es una herramienta de titularidad y marca registrada de John Deere, que incluye las siguientes herramientas tecnológicas que aplicadas a las tareas de cosecha realizan ajustes automáticos en dichas labores considerando las condiciones del sembrado, optimizando resultados y reduciendo pérdidas:

  • Auto Maintain
  • Harvest Smart
  • ActiveYield
  • Active Terrain Adjustment (“ATA”)
  • AutoTrac

1.3) A los efectos de este Concurso, los Operadores deberán conectar las Cosechadoras Inteligentes durante el Plazo del Desafío a la plataforma de gestión agrícola que permite gestionar, ver, analizar, archivar y compartir información agronómica de hectáreas en las que se utilizan máquinas de John Deere (en adelante, “Operations Center”) ubicada en https://operationcenter.deere.com/ ó https://account.deere.com/actmgmt/registration?requestFlow=myjdlogin&SRC=/mjd/my/login&TARGET=https:%2F%2Foperationscenter.deere.com%2Fmap y a la que se puede acceder desde teléfonos celulares, tablets, notebooks, netbooks, cloudbooks o computadoras de cualquier tipo.

 

2) Participantes:

Podrán participar del presente Concurso, únicamente hasta 3 operadores por Cosechadora Inteligente inscripta, siendo cada operador una persona humana, mayor de edad, asignado por el respectivo titular de una Cosechadoras Inteligentes (en adelante el “Operador” o los “Operadores”), que hayan sido inscriptos por los respectivos concesionarios de la red de concesionarios John Deere a través de los cuales, o a los cuales, el titular de cada Cosechadora Inteligente (en adelante, el “Cliente”) la haya adquirido o, en el caso de que el Cliente la haya adquirido a un anterior titular de la misma, el concesionario que realizó la primera venta de la Cosechadora Inteligente (en adelante el “Concesionario” o los “Concesionarios”) dentro del territorio de la República Argentina. En el caso de haber más de un Operador inscripto para una Cosechadora Inteligente, sólo uno de los mismos deberá ser informado por el Cliente al Concesionario como operador principal (en adelante, el “Operador Principal”), y éste lo inscribirá como tal, y será dicho Operador Principal quien tendrá derecho a participar del Concurso para ganar el Premio (definido en el punto 7), si cumple con los requisitos necesarios para ello. Para mayor claridad, el o los otros dos Operadores que no sean el Operador Principal solo podrá(n) participar del Concurso a los efectos de registrar las horas de uso de la tecnología de Combine Advisor con la Cosechadora Inteligente por la que fue(ron) inscripto(s), pero no tendrá derecho al Premio o reconocimiento alguno, sino que las horas de uso registradas mientras dicho Operador utilizó la Cosechadora Inteligente por la que fue inscripto serán atribuidas al Operador Principal. Además, el Cliente de cada Cosechadora Inteligente inscripta, que sea una persona humana y opere la Cosechadora Inteligente, podrá ser él mismo también el Operador u Operador Principal, en su caso. De lo contrario, al inscribirse a un Operador por Cosechadora Inteligente, se consignará asimismo el Cliente titular de dicha Cosechadora Inteligente. En adelante a los Operadores, Cliente y Concesionarios se los designará genéricamente como los “Participantes” o el “Participante”, en singular).

 

3) Vigencia del Concurso y Territorio:

El Concurso tendrá vigencia durante el plazo que comienza el 1/1/2023 y finaliza el día de la entrega del Premio referida en el punto 4 (v) siguiente (en adelante, la “Vigencia”), y tendrá lugar en el territorio de la República Argentina (en adelante, el “Territorio”).

 

4) Etapas del Concurso:

A continuación, se detallan las distintas etapas del Concurso (en adelante, la(s) “Etapa(s)”):

  • Inscripción al Concurso: del 2/1/2023 al 24/2/2023 inclusive
  • Capacitación: del 1/1/2023 al 24/2/2023 inclusive
  • Plazo del Desafío: 1/3/2023 al 30/6/2023
  • Presentación de resultados e identificación de finalistas ganadores por cada Concesionario: del 1/7/2023 al 14/7/2023
  • Reconocimiento a cada finalista, entrega de Premios y revelación del Ganador (definidos en el punto 7): en julio de 2023, fecha, hora y lugar exactos a confirmar por John Deere en boletín de marketing por separado

 

5) Mecanismo de Participación

5.1) El mecanismo de participación del Concurso a desarrollarse en cada Etapa es el siguiente:

 

  • Etapa (i): Inscripción

La inscripción será de Operador(es) por cada Cosechadora Inteligente que participe en el Concurso. La misma estará a cargo de cada Concesionario respecto de las Cosechadoras Inteligentes que haya vendido, o en cuya primera venta haya intermediado, a cuyo fin deberá completar el respectivo formulario que se encontrará disponible bajo el siguiente enlace: DealerPath (deere.com) “Template Desafío Nacional Operadores de Cosechadoras Inteligentes”, y lo cargará en https://adbp.deere.com/DAP/#/ (en adelante, el “DAP”), junto a una copia de las presentes Bases y Condiciones y la Autorización para la difusión de Datos Personales conforme el punto 6.10 firmadas por cada Participante y el Concesionario, no más tarde que el día 24 de febrero de 2023.

  • Etapa (ii): Capacitación

El Concesionario brindará una capacitación formal sobre el uso de Combine Advisor y sus tecnologías (identificadas en el punto 1.2) a cada Operador que inscriba. La capacitación será impartida por cada Concesionario a su costo y riesgo, y en los horarios, lugares y modalidad a convenir con los Operadores que haya inscripto en el Concurso. Para mayor claridad, la misma podrá ser impartida en forma individual o grupal, presencial en las Cosechadoras Inteligentes de sus Clientes o virtuales, en la cantidad de sesiones que el Concesionario acuerde y dictada por quien el Concesionario asigne. Se recomienda a los Concesionarios entregar un instructivo de uso a cada Operador que reciba la capacitación. Asimismo, se recomienda que las capacitaciones sean dictadas por el Instructor Certificado del Concesionario (en adelante, “CCI”) de Cosecha y, en caso de que el Concesionario no tenga uno, por el CCI de Agricultura de Precisión. Si el Concesionario no tiene un CCI de Cosecha ni de Agricultura de Precisión, podrá solicitar apoyo a instructores de John Deere para que brinde una capacitación grupal a todos los Operadores que haya inscripto.   

  • Etapa (iii): El Desafío

El Desafío consiste en la conexión que realice[n] el/los Operador[es] al sistema Combine Advisor y el uso de las herramientas tecnológicas previstas en el punto 1.2. con la respectiva Cosechadora Inteligente con la que fuera inscripto. Cada Concesionario hará en forma exclusiva el seguimiento, soporte y evaluación parcial de uso de cada tecnología de Combine Advisor en las Cosechadoras Inteligentes que hayan inscripto para el Concurso. A tales fines, el Concesionario continuará dando asesoramiento con posterioridad a la Capacitación, ya sea a demanda del Operador o cuando el Concesionario lo considere necesario. Asimismo, mensualmente cada Concesionario deberá enviar a su especialista de soluciones John Deere la evolución de las Cosechadoras Inscriptas que participan del Concurso exportando la tabla del Analizador de Maquinas / Machine Analyzer del Operations Center.

  • Etapa (iv): Presentación de resultados e identificación de finalistas ganadores por cada Concesionario

Dentro del plazo establecido en el punto 4 iv) de estas Bases y Condiciones, cada Concesionario presentará a John Deere el documento definitivo con el listado de Operadores que haya inscripto, ordenado de mayor a menor, por porcentaje de uso de las tecnologías, definiéndose la siguiente prelación entre las mismas: 1) Auto Maintain, 2) Harvest Smart, 3) ATA, 4) ActiveYield y 5) AutoTrac (en adelante, el “Informe del Concesionario”). De modo que en caso de igualdad de porcentaje dentro de la tecnología referida en el punto 1) precedente, se dará preferencia al mayor porcentaje de uso de la tecnología indicada en segundo orden (o sea, “Harvest Smart”), y así sucesivamente si hubiera igualdad también en esta herramienta. En este Informe del Concesionario se deberán incluir el detalle de las situaciones en las que un Operador utilizó alguna de las tecnologías en forma manual y las razones de ello. De cada Informe del Concesionario preparado por cada respectivo Concesionario se identificará, con la asistencia de un especialista de soluciones de John Deere, a un solo finalista por cada Concesionario (aunque este pudiere contar con varios puntos de venta o sucursales), de acuerdo al criterio de selección precedentemente mencionado.

  • Etapa (v): Reconocimiento a cada finalista, entrega de Premios y revelación del Ganador

En un evento presencial de cierre del Concurso (en adelante, la “Final”) a confirmar fecha y lugar por un boletín de marketing de John Deere que cada Concesionario a su vez comunicará a su respectivo finalista, John Deere entregará/anunciará:

  1. Un diploma de reconocimiento a cada ganador presentado por cada Concesionario, en calidad de finalista del Concurso;
  2. Una mención honorífica reconociendo al Concesionario con mejor performance según se indica en el punto 7.2;
  3. El Operador Principal Ganador y el Cliente correspondiente según se indica en el punto 7.1, que serán los ganadores nacionales del Concurso (en adelante, el (los) “Ganadores”).

Los gastos de hospedaje, transporte, viáticos, etc. en que pudieren incurrir los Participantes y/o Concesionarios para asistir a la Final, estará a exclusivo cargo de los mismos.

 

5.2) John Deere se reserva el derecho de verificar la adecuación de la participación de los Participantes a las presentes Bases y Condiciones. Será inhabilitado para participar de este Concurso, cualquier Participante cuyo intento o método de participación en el Concurso, se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación que no cumpla con la totalidad de las condiciones detalladas en las presentes Bases y Condiciones.

 

6) Responsabilidad de los Participantes:

6.1) Veracidad del Informe del Concesionario: Por el solo hecho de participar en este Concurso, cada Concesionario garantiza frente a los Participantes y a John Deere la veracidad de los datos que incluya en el Informe del Concesionario.

6.2) Conectividad: John Deere no será responsable de cualquier falla de conectividad de las Cosechadoras Inteligentes al Operations Center, y los Participantes renuncian a formular cualquier reclamo en relación con el presente Concurso por eventuales problemas y/o falta de conexión, incluyendo a modo de ejemplo pero no taxativamente: desconfiguración de la LAN virtual (VLAN) y/o VPN; configuración del firewall; uso de credenciales correctas; caídas totales o parciales del servicio de Wi-Fi o red eléctrica; direcciones de IP agotadas; uso excesivo del CPU/memoria/espacio en disco rígido; y/o daño físico en los dispositivos (sean teléfonos celulares, tablets, notebooks, netbooks, cloudbooks o computadoras de cualquier tipo), cableados, chip en Cosechadoras Inteligentes.

6.3) Responsabilidad: John Deere no será responsable por los daños y perjuicios, directos y/o indirectos, que pudieran sufrir los Participantes y/o cualquier tercero, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación del Concurso y/o el uso, destino, finalidad y/o retiro del Premio. A tales fines, los Participantes renuncian a reclamar cualquier tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual a John Deere que pudiere surgir con motivo o en ocasión de la participación en el Concurso.  

6.4) Datos Personales: Los “Datos Personales” (definidos conforme el art. 2 de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales) de los Participantes que brinden (ya sea directamente el Concesionario o indirectamente el Cliente y/o su representante legal o voluntario y/o el Operador de la Cosechadora Inteligente a través del Concesionario) a John Deere se utilizarán a los efectos del desarrollo del Concurso, incluyendo el anuncio del Cliente y/o su representante legal o voluntario y/u Operador que resulte ganador del Concurso y/o finalista del mismo, y de los respectivos Concesionarios de dicho ganador y finalistas, y posteriormente el envío de promoción y/o publicidad de John Deere, en un todo de acuerdo con los requisitos establecidos por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

6.5) Consentimiento informado: Es fundamental que el Participante lea y comprenda estas Bases y Condiciones. En caso de incomprensión, dudas o desacuerdo con las mismas, NO participe, ya que la sola participación en el Concurso será interpretada como el otorgamiento del consentimiento libre, expreso e informado del Participante en relación con el tratamiento de los Datos Personales.

6.7) Derechos de los titulares de Datos Personales: Los Participantes titulares de los Datos Personales podrán, de manera fácil y gratuita, consultar, rectificar, actualizar y/o suprimir sus Datos Personales informados a John Deere en cualquier momento, durante la Vigencia del Concurso, o bien, una vez finalizada el mismo. Para el ejercicio de estos derechos simplemente se debe enviar una solicitud de consulta, rectificación, actualización y/o supresión, según el caso, al mail publicidad@johndeere.com y los datos serán informados, rectificados, actualizados y/o suprimidos dentro de los cinco (5) días hábiles de recibido el pedido. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de datos personales.

6.8) Normativa aplicable en materia de Datos Personales: En virtud de la normativa aplicable, se informa a los Participantes lo siguiente:

[Ley 25.326, artículo 27:] “1. En la recopilación de domicilios, reparto de documentos, publicidad o venta directa y otras actividades análogas, se podrán tratar datos que sean aptos para establecer perfiles determinados con fines promocionales, comerciales o publicitarios; o permitan establecer hábitos de consumo, cuando éstos figuren en documentos accesibles al público o hayan sido facilitados por los propios titulares u obtenidos con su consentimiento. 2. En los supuestos contemplados en el presente artículo, el titular de los datos podrá ejercer el derecho de acceso sin cargo alguno. 3. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo”.

[Decreto 1558/2001, artículo 27, tercer párrafo:] “En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información”.

[Disposición 10/2009, Dirección Nacional de Protección de Datos Personales:] “El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326”. “La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales”.

6.9) Autorización para registro, archivo, tratamiento y/o procesamiento de Datos Personales: El/los Participantes, y sus representantes, en su caso, autorizan a que John Deere registre y archive, en su base de datos, los Datos Personales facilitados y la información volcada al momento de registrarse en el Concurso y durante la Vigencia del Concurso en ocasión del mismo por cualquier medio (incluyendo pero no limitándose al Template Desafío Nacional de Cosechadoras Inteligentes, datos cargados y generados en el Operations Center, cookies, emails y comunicaciones a través del Operations Center) y sin derecho a compensación y/o contraprestación alguna. Los Datos Personales registrados y archivados podrán ser tratados y/o procesados por John Deere para exclusivo uso interno de John Deere, tal como decidir informar ofertas, entregas de productos y servicios y/o realizar cualquier promoción y/o táctica de marketing, y/o verificar el correcto funcionamiento de este Concurso y/o para evaluar el nivel de difusión de la red de concesionarios de John Deere y el Operations Center. Será condición para participar del Concurso que los Participantes suscriban la confirmación escrita de la autorización gratuita para el registro, archivo, tratamiento y/o procesamiento de los Datos Personales e imágenes de los Participantes a favor de John Deere, adicionalmente a la presente autorización.

6.10) Autorización para la difusión de Datos Personales: Los Participantes autorizan a John Deere a difundir sus Datos Personales, su imagen y/o su voz con fines publicitarios en los medios y formas que John Deere determine tanto para la difusión del Concurso como para anunciar sus eventuales Ganadores, en todo el mundo, sin límite de tiempo y sin derecho a compensación y/o contraprestación alguna. Sin perjuicio de la suficiencia de la presente autorización gratuita, John Deere podrá además requerir de los Participantes la previa suscripción de la confirmación escrita de la autorización gratuita para la difusión de los Datos Personales e imágenes de los Participantes a favor de John Deere, como condición de acceso de los Participantes al Premio del Concurso y a su ingreso al lugar donde se llevará a cabo la Final.

 

7) Ganador y Premio del Concurso:

7.1) El Operador Principal  que (ya sea en forma personal o bien por uso que hubieren realizado otros Operadores inscriptos en relación con la misma Cosechadora Inteligente) durante el Plazo del Desafío logre el mayor porcentaje de uso de las tecnologías de Combine Advisor en el siguiente orden de prioridad y el Cliente correspondiente (cuya Cosechadora Inteligente haya sida operada por el Operador Principal) serán los ganadores del Concurso conforme lo establecido en el punto 5.1 Etapa (iv) (en adelante, el (los) “Ganador(es)”):

  • % On Auto Maintain
  • % On Harvest Smart
  • % On ActiveYield
  • % On ATA
  • % On AutoTrac

Se aclara que se tendrá en cuenta las horas de uso de cada tecnología a los fines de estimar los porcentajes de uso de cada tecnología, y no la cantidad de hectáreas relativas de uso.

7.2) El Concesionario cuyos Operadores inscriptos logren en promedio los siguientes porcentajes de uso como mínimo de las siguientes tecnologías de Combine Advisor:

  • 70% de Operadores inscriptos de las Cosechadoras Inteligentes que haya vendido
  • 40% de uso de Auto Maintain
  • 20% de uso de Harvest Smart

 

y, además, el mayor porcentaje de uso de cada tecnología de Combine Advisor en el siguiente orden de prioridad:

  1. % On Auto Maintain
  2. % On Harvest Smart
  3. % On ActiveYield
  4. % On ATA
  5. % On AutoTrac

 

será reconocido con una mención honorífica.

7.3) El Premio en el presente Concurso que se le asignará al/ a los Ganador/es será: un (1) viaje a la ciudad de Horizontina, Río Grande do Sul, República Federativa de Brasil, para conocer la Planta de John Deere en Horizontina, viaje que tendrá una duración de 3 días y 2 noches en fechas a ser definidas por John Deere pero que tendrá lugar entre el 24 de agosto de 2023 y 5 de septiembre de 2023. La visita a la mencionada Planta será de una jornada (en adelante, el “Premio”). John Deere dará aviso de la fecha exacta del viaje antes o durante la Final. En caso que el Cliente sea una persona jurídica, designará un representante para que reciba y acceda al Premio con el alcance previsto en el punto 7.4. siguiente. Asimismo, el Concesionario que hubiere inscripto al Operador Principal Ganador podrá designar un representante para que acompañe a los Ganadores en el viaje previsto como Premio, con el mismo alcance previsto en el punto 7.4. siguiente.

7.4) El Premio incluye, para cada Ganador: (i) pasaje/s de aéreo desde República Argentina a la República Federativa de Brasil y pasaje/s de aéreo de regreso en vuelos y aerolíneas a elección de John Deere, (ii) traslados desde el Aeropuerto en Horizontina, Rio Grande do Sul, República Federativa de Brasil hacia el hotel y viceversa, y traslados en buses para las actividades  y excursiones que en su caso ofrezca John Deere durante la estadía en Horizontina, Rio Grande do Sul, República Federativa de Brasil, (iii) seguro de asistencia médica básica; (iv) algunos almuerzos y cenas en lugares a ser definidos por John Deere, (v) dos (2) noches de hospedaje en habitación simple en hotel a ser definido por John Deere. Todos los conceptos anteriormente indicados incluyen el costo de los mismos y los impuestos que los alcancen. El Premio no incluye: i) cualquier concepto no especificado precedentemente; ii) cualquier tipo de arreglo de viaje hacia y desde el aeropuerto internacional de Ezeiza, Aeroparque o cualquier otro aeropuerto dentro del territorio de la República Argentina; cualquier tipo de arreglo con respecto a viajes y/o comidas y/o gastos durante la estadía en Horizontina, Rio Grande do Sul, República Federativa de Brasil no contemplados en el Premio; iii) otros gastos de hotel tales como el uso del teléfono, fax, servicio de habitación, bar de la habitación, películas del hotel y otras facilidades del hotel; iv) cualquier gestión relacionada con la documentación legal para viajar del Ganador; v) los costos y gastos de cualquier tipo del Ganador más allá de los estipulados en las presentes bases y condiciones; y vi) dinero en efectivo y otros cargos personales que pudieran surgir.

 

8) Notificación y Entrega del Premio:

8.1) Conforme se indica en el punto 5.1 Etapa (v) (c), se anunciarán los Ganadores durante la Final. Dicho anuncio se hará previa constatación por Escribano Público de que los Ganadores hayan reunido los requisitos para ganar el Concurso conforme el punto 5.1 Etapa (iv), quien labrará un acta dejando constancia de ello. De estar los Ganadores presentes en la Final, aceptarán su calidad de Ganadores y el Premio, exhibiendo original de su DNI frente al Escribano Público que se encuentre a tales fines en la Final. Asimismo, los Ganadores serán notificados de que han ganado el Concurso y se les otorgará el Premio dentro de las VEINTICUATRO (24) horas luego de la realización de la Final, por vía de mensaje directo a través del sistema de comunicaciones del Operations Center. El Escribano interviniente dejará constancia de dicha aceptación e identidad del Ganador. Luego, John Deere se comunicará con los Ganadores para informar el retiro del Premio en las fechas, horario y lugar que les notifiquen. Los gastos de hospedaje, transporte, viáticos, etc. en que pudieren incurrir los Participantes para aceptar su calidad de Ganadores y/o retirar el Premio, estará a exclusivo cargo de los mismos.

8.2) La falta de aceptación de la calidad de Ganador y el Premio y/o retiro del mismo en las oportunidades y lugares referidos por cualquier motivo que fuera -incluyendo caso fortuito o fuerza mayor-, hará perder en forma automática su calidad de Ganador y el derecho al Premio y a formular reclamo alguno contra John Deere como consecuencia de la participación en el Concurso. Para tal caso el Premio quedará vacante y John Deere podrá disponer del mismo asignándolo a los Operadores y/o Clientes que siguiere en orden de prioridad según el criterio previsto en el punto 7.1. de estas Bases y Condiciones, con quien se procederá en la misma forma para notificar su adjudicación del Premio y el procedimiento y plazo para aprobación; y en su caso, así se procederá sucesivamente hasta que los Ganadores que correspondan según el orden de prioridad referido acepten y retiren el Premio.   

8.3) Serán requisitos para la asignación del Premio que el potencial Ganador: i) cumpla con todos los requisitos establecidos en los puntos precedentes, ii) exhiba original y entregue copia a John Deere de su Documento Nacional de Identidad, iii) que se trate de una participación válida iv) cuente con la documentación de viaje pertinente. Todos los requisitos precedentemente señalados deberán cumplirse simultáneamente.

 

9) Condiciones del Premio:

El Premio no incluye ningún otro concepto, bienes o servicios distintos o adicionales al enunciado específicamente en el punto 7. El Premio no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, ni por otros bienes y servicios de ningún tipo. El Premio será intransferible, y única y exclusivamente podrá ser entregado al Ganador o aquellos apoderados con facultades suficientes. John Deere podrá modificar el Premio por otro de la misma especie, de igual o mayor valor. Se aclara que el Concesionario que mejor resultados obtenga en las métricas promedio de todas las Cosechadoras Inteligentes que haya inscripto en el Concurso, recibirá una mención honorífica (conforme el punto 5.1 Etapa (v) (b), pero no un Premio con valor económico de ningún tipo).

 

10) Situaciones no previstas en las presentes Bases y Condiciones:

John Deere se reserva el derecho de establecerse y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en estas Bases y Condiciones, reservándose asimismo el derecho de cancelar, suspender, prorrogar o modificar este Concurso por circunstancias no previstas que sean ajenas a la voluntad de John Deere, siempre que ello sea ajustado a la legislación vigente en la materia.

 

11) Aceptación de las condiciones:

La sola participación en el Concurso implica el conocimiento y aceptación de todas sus condiciones y el reconocimiento de que las decisiones que John Deere tome con relación al Concurso tendrán carácter de definitivas e inapelables.

 

12) Controversias:

Toda divergencia que pudiera surgir con relación a este Concurso y a todos los efectos del mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.

 

13) Publicidad de las Bases y Condiciones:

Las presentes Bases y Condiciones podrán ser consultadas por los Participantes, durante toda la vigencia del Concurso en el sitio web: www.johndeere.com.ar

 

14) Publicidad de los Resultados del Concurso:

Una vez cumplida la etapa Final, revelación de Ganadores y entrega de Premio, los Ganadores, Premios y datos agregados resultantes del Concurso (sea de los Informes de Concesionarios y/o del Operations Center y/o de cualquier comunicación, informe, formulario suministrado por los Participantes a John Deere con motivo y en ocasión del Concurso) serán comunicados y compartidos por John Deere a la comunidad en general a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea sin límite de tiempo según el criterio que discierna John Deere en forma discrecional. Asimismo, podrán ser consultados en el sitio web: www.johndeere.com.ar